viernes, 3 de noviembre de 2017


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NO A LA REFORMA LABORAL FLEXIBILIZADORA


La Reforma Laboral que impulsa el gobierno y los sectores empresarios consiste en una modificación estructural que afecta aspectos claves de la legislación laboral argentina con la finalidad de fomentar el fraude y la precarización laboral, la pérdida de derechos adquiridos, ampliar la tercerización laboral, fortalecer el poder empresarial para modificar las condiciones de trabajo, flexibilizar el régimen de jornada de trabajo y de horas extras, y reducir las indemnizaciones por despido.

Los principales aspectos de la reforma son los siguientes:


Modificación de la Ley de Contrato de Trabajo:

1) Deja fuera de los alcances de la ley laboral y de los convenios colectivos de trabajo a los trabajadores/as que son obligados por el empleador a inscribirse como monotributistas, y a los trabajadores/as que se desempeñan en empresas de hasta 4 empleados;

2) Permite que los trabajadores/as puedan renunciar a los derechos acordados con el empleador;

3) Fomenta todavía más la tercerización laboral eximiendo de responsabilidad a las empresas que tercericen los servicios de limpieza, seguridad, mantenimiento, servicios médicos, higiene y seguridad en el trabajo, gastronomía, informática y transporte;

4) Facilita que el empleador pueda unilateralmente modificar las condiciones de trabajo;

5) Modifica el régimen del contrato a tiempo parcial facilitando su utilización para que el empleador pueda pagar un sueldo proporcional a las horas trabajadas reduciendo el salario previsto en el convenio colectivo de trabajo;

6) Amplía la duración máxima de la jornada de trabajo de 8 a 10 horas diarias y permite crear un banco de horas para modificar permanentemente el horario de trabajo sin derecho a cobrar recargos por horas extras;

7) Reduce gran parte de la indemnización por despido y permite la creación de un Fondo de Cese Laboral que elimina la indemnización por despido a cambio de lo que haya aportado el empleador en dicho fondo;

8) Reduce de 2 a 1 año el plazo para que el trabajador pueda demandar a su empleador por incumplimientos;      


Trabajo No Registrado:

1) Establece que los empleadores que registre a sus trabajadores en negro dentro del primer año de entrada en vigencia la reforma, estarán exentos de ingresar aportes y contribuciones, y de tener que pagar multas y sanciones. Esto implica desfinanciar la caja de jubilaciones y de asignaciones familiares;

2) Los trabajadores/as que hayan sido registrados dentro del plazo antes previsto se les contabilizarán aportes jubilatorios hasta un máximo de 5 años. Los que hayan trabajado más de ese tiempo en la empresa carecerán de aportes por todo el tiempo que supere ese máximo;

3) Se eliminan las indemnizaciones por trabajo en negro. El trabajador/a que haya estado en negro no percibirá ninguna indemnización especial por haber estado en esa situación;

4) Reduce notablemente las contribuciones que deben realizar los empleadores a la caja de jubilaciones y de asignaciones familiares desfinanciando las mismas. En cambio, los trabajadores/as deben seguir aportando en los mismos porcentajes actualmente vigentes;


Pasantías:

1) Establece un nuevo régimen de pasantías llamado Sistema de Prácticas Formativas para estudiantes y graduados universitarios con la clara finalidad de que sean utilizados por las empresas como trabajadores precarizados;

2) Los pasantes tendrán derecho a percibir una asignación estímulo de carácter no remunerativo proporcional a las horas trabajadas calculada sólo sobre el básico previsto en el convenio colectivo de trabajo aplicable a la empresa en donde trabajan. Carecen de los restantes derechos laborales previstos en la ley y en el convenio colectivo de trabajo;


Cancelación de la personería jurídica a sindicatos:

El proyecto autoriza al Ministerio de Trabajo para que pueda cancelar la personería jurídica de cualquier sindicato si considera que no ha cumplido con las obligaciones a su cargo. Se trata de una violación al principio de libertad sindical ya que según el Convenio 87 de la OIT la cancelación de la personería jurídica de los sindicatos sólo se puede hacer judicialmente y no mediante una decisión administrativa como en este caso.


Es fundamental organizarse para enfrentar esta reforma laboral flexibilizadora que afecta a derechos laborales y sociales esenciales para los trabajadores y las trabajadoras. Éste proyecto de reforma neoliberal no debe ser finalmente aprobado porque ello importaría un crecimiento impresionante de la precarización laboral, de la quita de derechos, de la modificación a la baja de las condiciones de trabajo, de la descomposición del salario, aumento de la jornada de trabajo, desprotección frente al despido y la quiebra del sistema jubilatorio.


¡¡¡ORGANIZACIÓN Y ACCIÓN DIRECTA CONTRA LA REFORMA LABORAL DE MACRI, LOS EMPRESARIOS Y LA BUROCRACIA SINDICAL!!!   

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